Datos Personales

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ABOGADO.- *Especialista en función Judicial de Derecho Civil y de Derecho de Familia.- *Operador de Conflictos (Mediador).- * Docente de la UM en la Cátedra de la Dra. Raya de Vera en la materia Derecho Internacional Privado.- * Secretario del Instituto de Derecho Internacional Privado del Colegio de Abogados de Moron, a cargo de la Dra. Maria Andrea Esparza (http://institutointernacionalprivado.blogspot.com.ar/).- *Miembro del Instituto de Derecho Informático y Nuevas Tecnologías del Colegio de Abogados de Moron.- *Fue miembro del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires durante cuatro años.- * Actualmente ejerce la profesión (T°XI, F° 991, CAM; T°117, 478 CPACF).-

sábado, 17 de agosto de 2013

Régimen de visitas: el tribunal de familia tiene la última palabra

Un hombre quería restablecer el contacto con su hija y en sede penal se pactó un régimen de visitas. Pero un tribunal de familia revisó el régimen y le negó la posibilidad de verla. Se consideró que el primer acuerdo era “provisorio” .-


La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó el pedido de un hombre que cuestionó los cambios previstos por un tribunal de familia para el régimen de visitas que pretende restablecer el contacto con la hija con la que no convive.
La modalidad que se había establecido en sede penal en una audiencia celebrada el pasado 13 de junio  luego fue revisada por el tribunal de familia y el padre,  D.E., se mostró disconforme con los cambios.
Ahora los camaristas señalaron que el régimen de visitas que se dispuso en sede penal tuvo como expresa finalidad “restablecer rápidamente” el contacto de la niña con su  progenitor, “siendo su naturaleza provisoria” y, como tal, podía ser revisado y modificado por la Justicia de Familia.



∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
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